INCOTERMS
Términos de comercio exterior
Son normas para la interpretación de los términos comerciales utilizados en las transacciones internacionales, elaboradas por la Cámara de Comercio Internacional.
Los INCOTERMS regulan la distribución de documentos, las condiciones de entrega de la mercancía, la distribución de costos de la operación y la distribución de riesgos de la operación.
Grupos o Categorías Básicas
E = EXW (Salida).
F = FCA; FAS y FOB (Sin pago transporte principal).
C = CFR; CIF; CPT; y CIP (Con pago transporte).
D = DAF; DES; DEQ; DDU; y DDP (Llegada).
1. EXW (ex work - en fábrica)
Significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a disposición del comprador en su establecimiento o en otro lugar convenido (fábrica, taller, almacén, etc.)
Este término no debe ser utilizado cuando el comprador no pueda completar las formalidades (despacho) de exportación directa o indirectamente. En estas circunstancias, debe ser usado el término FCA.
Descripción de gastos
El comprador deberá ser responsable de:
• La elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
• Asumir todos los costes y riesgos inherentes a la recepción de la mercancía en los locales del vendedor.
• Asumir los gastos de flete y traslado de la mercancía.(interno e internacional)
• La contratación del seguro (tránsito interno e internacional).
• Asumir a su riesgo y expensas los gastos de aduana en el punto de embarque (agente y permisología e impuestos).
• Las maniobras de descarga, carga y estiba en el punto de embarque.
• Los gastos incurridos desde la llegada de la mercancía al puerto de destino hasta el lugar convenido (fábrica, taller o bodega del comprador).
2. FCA (Free Carrier At - Libre transportista en...)
Significa que el vendedor entrega la mercancía, despachada a la exportación, al transportista nombrado por el comprador en el lugar convenido en el contrato de compraventa.
INCO 2000: Si el vendedor entrega las mercancías al transportista en sus almacenes, éste debe embarcar las mercancías al medio de transporte; si se hace en cualquier otro sitio, el vendedor no tiene esta obligación.
Descripción de gastos
El vendedor deberá ser responsable de:
• Asumir los gastos de flete y traslado de la mercancía (interno).
• La contratación del seguro de la mercancía (tránsito interno).
• Asumir los gastos de aduana (agente y permisología e impuestos) en el punto de embarque.
El comprador deberá ser responsable de:
• La elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
• Las maniobras de descarga, carga y estiba en el punto de embarque.
• Asumir los costos de transporte (flete principal y seguro de la mercancía para el tránsito internacional).
• Los gastos incurridos desde la llegada de la mercancía al puerto de destino hasta el lugar convenido (fábrica, taller o bodega del comprador).
3. FAS (Free Alongside Ship - Libre al costado del barco...)
Significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando es colocada al costado del buque del puerto de embarque convenido.
INCO 2000: La obligación del despacho aduanero de exportación pasa a ser una obligación del Vendedor. Esto representa un cambio completo con respecto a las versiones anteriores de los INCOTERMS, que exigían al comprador que organizará el despacho aduanero para la exportación.
Descripción de gastos
El vendedor deberá ser responsable de:
• Asumir los gastos de flete y traslado de la mercancía (interno).
• La contratación del seguro de la mercancía (tránsito interno).
• Asumir a su riesgo y expensas los gastos de aduana en el punto de embarque (agente, permisología e impuestos).
• Los gastos incurridos en las maniobras de descarga, carga y estiba en el punto de embarque etc.
El comprador deberá ser responsable de:
• La elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
• Asumir los costos de transporte (flete principal y seguro de la mercancía para el tránsito internacional).
• Asumir la responsabilidad de los costes y riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde el momento de la entrega.
• Los gastos incurridos desde la llegada de la mercancía al puerto de destino hasta el lugar convenido (fábrica, taller o bodega del comprador).
4. FOB (Free On Board - Libre a bordo...)
Significa que el vendedor cumple su obligación de entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque, en el puerto de embarque convenido.
Si las partes no han acordado estrictamente que la entrega de las mercancías se cumple, "cruzando los rieles de carga de buque" (borda del buque), debe ser usado el término FCA.
Descripción de gastos
El vendedor deberá ser responsable de:
• Asumir los gastos de flete y traslado de la mercancía (interno).
• La contratación del seguro de la mercancía (tránsito interno).
• Asumir a su riesgo y expensas los gastos de aduana en el punto de embarque (agente, permisología y otros impuestos).
• Las maniobras de descarga, carga y estiba en el punto de embarque.
El comprador deberá ser responsable de:
• La elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
• Asumir los costos de transporte (flete principal y seguro de la mercancía para el tránsito internacional).
• Los gastos incurridos desde la llegada de la mercancía al puerto de destino hasta el lugar convenido (fábrica, taller o bodega del comprador).
5. CFR (Cost and Freigth - Costo y flete...)
Significa que el vendedor concreta la entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido.
Si las partes no han acordado estrictamente que la entrega de las mercancías se cumple "cruzando los rieles de carga de buque" (borda de buque), deben ser usados los términos CPT o CIP.
Descripción de gastos
El vendedor deberá ser responsable de:
• La elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
• Asumir los gastos de flete y traslado de la mercancía (interno).
• La contratación del seguro de la mercancía (tránsito interno).
• Asumir a su riesgo y expensas los gastos de aduana en el punto de embarque (agente y permisología e impuestos).
• Las maniobras de descarga, carga y estiba en el punto de embarque.
• Asumir los costos de transporte (flete principal).
El comprador deberá ser responsable de:
• Asumir la contratación y los costos del seguro de la mercancía para el tránsito internacional.
• Los gastos incurridos desde la llegada de la mercancía al puerto de destino hasta el lugar convenido (fábrica, taller o bodega del comprador).
6. CIF (Cost, Insurance and Freigth - Costo, seguro y flete...)
Significa que el vendedor cumple su obligación de entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido.
Si las partes no han acordado estrictamente que la entrega de las mercancías se cumple "cruzando los rieles de carga de buque" (borda de buque), deben ser usados los términos CPT o CIP.
Descripción de gastos
El vendedor deberá ser responsable de:
• La elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
• Los gastos de flete y traslado de la mercancía (interno).
• La contratación del seguro de la mercancía (tránsito
• Asumir a su riesgo y expensas los gastos de aduana en el punto de embarque (agente y permisología e impuestos).
• Las maniobras de descarga, carga y estiba en el punto de embarque.
• Asumir los costos de transporte (flete principal).
• Asumir la contratación y los costos del seguro de la mercancía por el mínimo de la cobertura y pagar la prima (tránsito internacional).
El comprador deberá ser responsable de:
• Los gastos incurridos desde la llegada de la mercancía al puerto de destino hasta el lugar convenido.( fábrica, taller o bodega del comprador).
7. CPT (Carrier Paid To - Transporte pagado hasta...)
Significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a disposición del transportista designado por él.
Descripción de gastos
El vendedor deberá ser responsable de:
• La elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
• Asumir los gastos de flete y traslado de la mercancía (interno).
• La contratación del seguro de la mercancía (tránsito interno).
• Asumir a su riesgo y expensas los gastos de aduana en el punto de embarque (agente y permisología e impuestos).
• Las maniobras de descarga, carga y estiba en el punto de embarque.
• Asumir los costos de transporte (flete principal).
El comprador deberá ser responsable de:
• Asumir la contratación y los costos del seguro de la mercancía para el tránsito internacional.
• Los gastos incurridos desde la llegada de la mercancía al puerto de destino hasta el lugar convenido.( fábrica, taller o bodega del comprador)
8. CIP (Carrier and Insurance Paid To - Transporte y seguro pagado hasta...)
Significa que el vendedor tiene las mismas obligaciones que bajo CPT, con el añadido de que ha de conseguir un seguro para la carga contra el riesgo, que soporta el comprador, de pérdida o daño de la mercancía durante el transporte.
Descripción de gastos
El vendedor deberá ser responsable de:
• La elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
• Asumir los gastos de flete y traslado de la mercancía (interno).
• La contratación del seguro de la mercancía (tránsito interno).
• Asumir a su riesgo y expensas los gastos de aduana en el punto de embarque (agente y permisología e impuestos).
• Las maniobras de descarga, carga y estiba en el punto de embarque.
• Asumir los costos de transporte (flete principal).
• Asumir la contratación y los costos del seguro de la mercancía (tránsito internacional).
El comprador deberá ser responsable de:
• Los gastos incurridos desde la llegada de la mercancía al puerto de destino hasta el lugar convenido (fábrica, taller o bodega del comprador).
9. DAF (Delivere At Frontier - Entregado en la frontera...)
Significa que el vendedor ha cumplido su obligación de entrega cuando la mercancía, despachada en aduana para la exportación, en el punto y lugar convenido de la frontera, pero antes de la aduana fronteriza del país colindante.
Este término puede ser utilizado indistintamente en cualquier medio de transporte, cuando los bienes deben ser entregado en una frontera terrestre. Cuando la entrega deba producirse en un puerto de destino, a bordo del buque o sobre el muelle del puerto, deben ser usados los términos DES ó DEQ.
Descripción de gastos
El vendedor deberá ser responsable de:
• La elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
• Asumir los gastos de flete y traslado de la mercancía (interno).
• La contratación del seguro de la mercancía (tránsito
• Asumir a su riesgo y expensas los gastos de aduana en el punto de embarque (agente y permisología e impuestos).
• Las maniobras de descarga, carga y estiba en el punto de embarque.
• Asumir los costos de transporte (flete principal).
El comprador deberá ser responsable de:
• Asumir la contratación y los costos del seguro de la mercancía desde el punto de embarque (tránsito internacional).
• Los gastos incurridos desde la llegada de la mercancía al puerto de destino hasta el lugar convenido.
10. DDU (Delivere Duty Unpaid - Entregado, derechos no pagados...)
Significa que el vendedor debe entregar la mercancía en el lugar convenido del país del importador y debe soportar los gastos y riesgos inherentes hasta este punto.
Descripción de gastos
El vendedor deberá ser responsable de:
• La elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
• Asumir los gastos de flete y traslado de la mercancía (interno).
• La contratación del seguro de la mercancía (tránsito interno).
• Asumir a su riesgo y expensas los gastos de aduana en el punto de embarque (agente y permisología y otros impuestos).
• Las maniobras de descarga, carga y estiba en el punto de embarque.
• Asumir los costos de transporte (flete principal).
• Asumir la contratación y los costos del seguro de la mercancía por el mínimo de la cobertura y pagar la prima (tránsito internacional).
• Los gastos incurridos desde la llegada de la mercancía al puerto de destino hasta el lugar convenido.
El comprador deberá ser responsable de:
• Asumir a su riesgo y expensas los gastos de aduana en el punto de destino (agente, permisología, e impuestos de importación).
• Los gastos del traslado de la mercancía hasta su destino final (fábrica, taller o bodega del comprador) y el seguro de la misma por concepto de tránsito interno.
11. DDP (Delivere Duty Paid - Entregado, derechos pagados...)
Significa que el vendedor ha cumplido su obligación de entregar la mercancía cuando haya sido puesta a disposición del comprador en el lugar convenido del país de importación, soportando todos los gastos y riesgos, además de los impuestos y gravámenes del despacho de importación.
Descripción de gastos
El vendedor deberá ser responsable de:
• La elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
• Asumir los gastos de flete y traslado de la mercancía (interno).
• La contratación del seguro de la mercancía (tránsito interno).
• Asumir a su riesgo y expensas los gastos de aduana en el punto de embarque (agente y permisología e impuestos).
• Las maniobras de descarga, carga y estiba en el punto de embarque.
• Asumir los costos de transporte (flete principal).
• Asumir la contratación y los costos del seguro de la mercancía (tránsito internacional).
El comprador deberá ser responsable de:
• Asumir la contratación y los costos del seguro de la mercancía para el tránsito internacional.
• Los gastos incurridos desde la llegada de la mercancía al puerto de destino hasta el lugar convenido (fábrica, taller o bodega del comprador).
12. DES (Delivery Ex Ship - Entregado sobre el buque...)
Significa que el vendedor ha cumplido su obligación de entrega cuando ha puesto la mercancía a disposición del comprador a bordo del buque, en el puerto de destino convenido, sin despacharla en la aduana para su importación.
Descripción de gastos
El vendedor deberá ser responsable de:
• La elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
• Asumir los gastos de flete y traslado de la mercancía (interno).
• La contratación del seguro de la mercancía (tránsito interno).
• Asumir a su riesgo y expensas los gastos de aduana en el punto de embarque (agente y permisología y otros impuestos).
• Las maniobras de descarga, carga y estiba en el punto de embarque.
• Asumir los costos de transporte (flete principal).
• Asumir la contratación y los costos del seguro de la mercancía por el mínimo de la cobertura y pagar la prima (tránsito internacional).
El comprador deberá ser responsable de:
• Los gastos incurridos desde la llegada de la mercancía al puerto de destino hasta el lugar convenido (fábrica, taller o bodega del comprador).
13. DEQ (Delivery Ex Quay - Entregado sobre el muelle...)
Significa que el vendedor ha cumplido su obligación de entrega cuando ha puesto la mercancía a disposición del comprador sobre el muelle, en el puerto de destino, despachada en la aduana para la importación.
INCO 2000: Este término exige del comprador el despacho aduanero de la mercancía para la importación y el pago de todos los trámites, derechos, impuestos y demás cargas exigibles a la importación. Representa un cambio con respecto a las versiones anteriores que ponían a cargo del vendedor el despacho aduanero para la importación.
Descripción de gastos
El vendedor deberá ser responsable de:
• La elección del medio de transporte en la fábrica o bodega del vendedor.
• Asumir los gastos de flete y traslado de la mercancía (interno).
• La contratación del seguro de la mercancía (tránsito interno).
• Asumir a su riesgo y expensas los gastos de aduana en el punto de embarque (agente y permisología y otros impuestos).
• Las maniobras de descarga, carga y estiba en el punto de embarque.
• Asumir los costos de transporte (flete principal).
• Asumir la contratación y los costos del seguro de la mercancía por el mínimo de la cobertura y pagar la prima (tránsito internacional).
• En el punto de destino, el vendedor será responsable de los costos incurridos de maniobra, carga, estiba.
• El comprador y el vendedor serán responsables de los gastos del traslado de la mercancía hasta su destino final y el seguro de la misma por concepto de tránsito interno.
El comprador deberá ser responsable de:
• Asumir a su riesgo y expensas los gastos de aduana en el punto de destino (agente, permisología, e impuestos de importación)
• El comprador y el vendedor serán responsables de los gastos del traslado de la mercancía hasta su destino final y el seguro de la misma por concepto de tránsito interno.